Fenatrado desafía sentencia TC

0
Resultado de imagen para Fenatrado rechaza sentencia cancela monopolioSANTO DOMINGO.-La Federación Nacional de Transporte Dominicano (Fenatrado), desafió ayer al Tribunal Constitucional y se resiste  acatar una sentencia contra el monopolio del transporte de carga.

Ricardo de los Santos, quien es presidente de la entidad, negó que Fenatrado concentre el acarreo de productos y mercancías.

“Los derechos adquiridos durante años, nuestro espacio ganado a base de trabajo y sacrificio, y el derecho al trabajo establecido en la Constitución, los defenderemos en el terreno que sea necesario sin importar las consecuencias”, afirmó.

Ayer el Tribunal Constitucional  ratificó  la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que declaró “la existencia de monopolio en el transporte de carga, que viola así el derecho a la libre empresa, libertad de tránsito y trabajo”.

Mientras que el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) saludó la decisión del Tribunal Constitucional de confirmar la sentencia emitida por el Tribunal Superior Administrativo, que busca solucionar la problemática del transporte en el país.

El presidente de camioneros afirmó que Fenatrado no tiene monopolio, “pues es un gremio con 90 mil miembros, no lo conforma un hombre ni grupo”.


De los Santos sostuvo que la ratificación del Tribunal Constitucional a la sentencia 00416-2016, del TSA, “no es más que un reflejo de cómo se maneja la justicia en el país”.

Subrayó que Fenatrado ha demostrado que no hay tal monopolio, sino que es una institución de servicio basado en la calidad y la eficiencia que brinda y por eso se mantiene en el mercado.

“Lo único que decimos es que los derechos adquiridos, el espacio que nos hemos ganado a base de esfuerzos y sacrificios, nos vamos a mantener defendiéndolos en el terreno que sea necesario sin importar consecuencias”, proclamó De los Santos.

En ese sentido indicó que Fenatrado defenderá lo que establecen los artículos 47 y 62 de la Constitución sobre la libre asociación, el derecho al trabajo y libertad sindical.
Refirió que la sentencia emitida por el TSA fue el 8 de diciembre del 2106, y Fenatrado sigue brindando servicios a sus clientes, “lo que continuaremos realizando, pero defendiendo nuestros miembros, así como los derechos que nos otorga la Carta Magna y la Ley“.

Sobre la disposición de sectores empresariales de introducir nuevas unidades al transporte de cargas, dijo que Fenatrado “por el momento va a esperar que eso se presente, pero nuestras acciones serán cuando se presente cada circunstancia”.

Por otro lado, el Conep asegura que “con esta disposición el Constitucional da su respuesta respecto a las acciones legales emprendidas por el sector empresarial, producto de su preocupación ante las prácticas anticompetitivas y abusivas cometidas durante años por el sector sindical en el transporte de cargas y pasajeros”.
Sentencia TC

En el comunicado de casos aprobado del 29/18, el TC informó que acogió parcialmente el recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto contra el fallo emitido a favor del Conep.

Tribunal Constitucional ratifica fallo
El Tribunal Constitucional ratificó la sentencia del Tribunal Superior Administrativo que declaró que existía un monopolio en el sector transporte de carga violando así el derecho a la libre empresa, libertad de tránsito y trabajo.

En el comunicado de casos aprobado 29/18, el Constitucional informa que acogió parcialmente, el recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por la Oficina Técnica de Transporte Terrestre (OTTT), la Confederación Nacional de Organizaciones del Transporte (CONATRA), la Federación Nacional de Transporte Dominicano (FENATRADO), entre otros sindicatos de transporte, contra el fallo emitido en favor del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep).

En tal sentido revocó única y exclusivamente el literal C) del fallo, donde se acogía el amparo de cumplimiento de los artículos 1 y 2 del Decreto núm. 489-89 (sic), presentada por el Conep contra la OTTT; y confirmó los demás fallos de la Sentencia núm. 00416-2016, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el 8 de diciembre del 2016.

El Superior Administrativo estableció que el Estado dominicano a través de los ministerios de Trabajo, Industria y Comercio, Defensa, Interior y Policía, y Turismo; la Policía Nacional y la OTTT, violaron las leyes que prohíben el establecimiento de monopolio en provecho de particulares en los trabajos de carga o descarga de buques de cualquier naturaleza en los muelles del país.

No hay comentarios