Por Julio Benzant
Santo Domingo Este. Cuando la magistrada Eudelina Salvador, presidenta del Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, dijo: “El tribunal lo declara culpable y lo condena a 30 años”; generó un aplauso colectivo de la mayoría de los presentes en la Sala de Audiencia.
Santo Domingo Este. Cuando la magistrada Eudelina Salvador, presidenta del Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, dijo: “El tribunal lo declara culpable y lo condena a 30 años”; generó un aplauso colectivo de la mayoría de los presentes en la Sala de Audiencia.
El alguacil de estrado inmediatamente asumió el orden del salón, vociferando: “silencio por favor, silencio por favor,….”.
Detrás se escuchaban los gritos de una de mujer, que junto con su marido le habían impuesto la sentencia de 30 años de prisión a cada uno.
Se trata de Mabel Estefani Pina Rodríguez, de 22 años, una vecina de la calle Primera en el residencial Mella, en Santo Domingo Este.
Ella junto con su marido, Glehides Rafael Bautista Martínez, de 23 años y un menor de edad, se asociaron para robarle y matar al señor Germán Peña Álvarez, un agente aduanero de 54 años de edad, con el cual la mujer imputada mantenía una relación extramarital “consentida”.
En el Acta de Acusación número UT-AC-2344-DVFH-09-2015, la Fiscalía explica que el suceso ocurrió la noche del 15 de enero del 2015, cuando el ahora occiso Peña Álvarez, llevaba consigo una suma cuantiosa de dinero y fue llamado por la imputada Mabel Estefani, para un encuentro amoroso.
Explican que la victima pasó a recoger a la mujer próximo a su residencia en el Urbanización Mella, en su automóvil Honda Accord, color blanco, placa A-126146 , y que esta le solicitó que la llevará al billar Shorte Bar, ubicado en el sector de Mandinga.
Relata la acusación, que la Mabel Estefani había coordinado encontrarse en el negocio con su esposo Glehides Rafael y un menor de edad (cuyo nombre se omite por razones legales).
En el lugar, la mujer compró dos tragos de bebida y le echo un polvo a uno de estos, regreso al vehículo y le dio la preparada al ahora occiso, Peña Álvarez.
Transcurrido aproximadamente 40 minutos, Peña Álvarez quedó mareado en el interior del automóvil, aprovechando la mujer, su esposo y el menor, para trasladarse a la calle Santiago del Rosario en la urbanización Mieses, en este municipio.
Allí lo golpearon con un bastón de seguridad de carro, color amarillo, hasta causarle la muerte y despojándolo de cuantiosa suma de dinero, prendas, tarjetas de créditos y otros objetos de valor.
Luego se trasladaron con el cadáver en el vehículo, a la comunidad Ojo de Agua, en Bani, donde quemaron el cuerpo, generando un incendio que fue sofocado por los bomberos de esa localidad.
La pareja de esposo y el menor de edad, fueron apresados por agentes de la Dirección de Investigaciones Criminales (Dicrim) destacados en la provincia Peravia, quienes les ocuparon algunas pertenecías del occiso.
El cuerpo de la víctima fue consumido en un 90 por ciento por el fuego.
Luego de ser evaluada la cronología del hecho de sangre, la Jurisdicción de Atención Permanente del Distrito Judicial de Peravia, mediante Auto número 095-2015, declino el expediente a la demarcación de la provincia Santo Domingo.
En el juicio de fondo, este lunes 12 de junio, la abogada de la Defensoría Pública y otro colega privado que ostentaban las defensas de los imputados, por momento estaban sin argumentos de defensa para sus representados.
El tribunal, compuesto además de la magistrada Salvador, por las juezas Melania de la Cruz y Carol Modesto, encontró culpable a la pareja de violentar los artículos 265, 266, 295, 296, 297, 379, 382, 385, 386 y 434 del Código Penal Dominicano, que sancionan la Asociación de Malhechores, el homicidio con premeditación, el robo agravado y incendio criminal.
“Se ha demostrado que ustedes lo cometieron a sangre fría; y que todavía hoy día tienen la frialdad para cometerlo y quedarse como si no fuera nada lo que cometieron”, dijo la jueza Eudelina Salvador.
Los fiscales Adolfo Toribio, Dahiana Castillo y Ivette Mateo, estuvieron a su cargo desmontar la presunción de inocencia de la pareja y solicitaron le fuera impuesta la pena de 30 años de reclusión mayor.
Los abogados Ramón Minaya y Oscar Andres Minaya, actores civiles, lograron fuera impuesta a los condenados el pago de una indemnización de una millón de pesos a favor de los familiares de la víctima.
La lectura integra de la sentencia, será el día cuatro de julio venidero, fecha a partir del cual las partes puede recurrir la misma.
El menor de edad imputado en el proceso, fue condenado a la pena máxima de cinco año de corrección, en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA).