Ahora, Facebook y WhatsApp tendrán que desembolsar una cuantiosa cifra de dinero en España –aunque mucho me temo que no afectará demasiado a las arcas de la empresa, sobre todo si tenemos en cuenta que en el último trimestre de 2017 Facebook reportaba unos beneficios de 12.970 millones de dólares–, por saltarse el artículo 11 de la LOPD, que exige comunicar el tratamiento de los datos de forma expresa a los usuarios, y otorgar a estos la posibilidad de dejar de compartir la información, de forma “libre, específica e informada”.
Y es que como muchos sabéis, desde hace un tiempo, WhatsApp impone a los usuarios la aceptación de las condiciones de uso –en las que se refleja, aunque no específicamente, el tratamiento de la información personal–, o de lo contrario no es posible seguir utilizando el servicio de mensajería.
Por tanto, tras la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, ambas empresas deberán pagar 300.000 euros de sanción –lo máximo posible en una infracción de este tipo–. En el caso de WhatsApp, porque no se ofrece a los usuarios la posibilidad de evitar que sus datos sean compartidos con Facebook, y en el caso de la red social, por el uso de la información proveniente de la plataforma de mensajería.