SANTO DOMINGO. – A partir de las 12:00 de la noche de este jueves 15 de febrero de 2024 estará prohibido realizar actos de proselitismo, espectáculos públicos, ya sea en local abierto o cerrado, y manifestaciones o reuniones públicas de carácter político.
La Junta Central Electoral (JCE) dijo que tampoco se permitirá propaganda electoral por periódicos, radio, televisión, avisos, carteles, telones y otros medios similares., porque así lo establece la Ley Electoral.
PROHIBICIÓN DEL EXPENDIO DE BEBIDAS
Desde 24 horas antes de la elección, es decir, desde las 7:00 am del sábado 17 de febrero, no podrá expenderse ni distribuirse a ningún título bebidas alcohólicas hasta doce horas después de terminada la votación, es decir, hasta las 5:00 am del lunes 19.
Se exceptúan de las disposiciones de este artículo, las instituciones hoteleras ubicadas en las zonas turísticas así como en otras localidades del país.
DIA NO LABORABLE
La JCE informó que el 18 de febrero próximo, día de los comicios municipales en República Dominicana, no será laborable, según lo establece la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral.
Entre las disposiciones contenidas en la referida ley, la JCE explicó que cuando se trate de trabajos que no puedan ser suspendidos, los empleadores estarán obligados a facilitar a sus empleados el tiempo que requieran para votar, sin afectar sus salarios y otros derechos.